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Senado niega peticiones del empresariado en reforma laboral aprobada

El vocero de la bancada del PRM, senador Moisés Ayala, rechazó la petición de los empleadores de transferir los permisos de trabajo de extranjeros al Ministerio de Trabajo

Redacción 10Noticias
Redacción 10Noticias

8:33 AM | viernes, 17 octubre, 2025
| Destacadas
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Por segunda ocasión, el Senado de la República aprobó ayer de manera definitiva la iniciativa que busca transformar la Ley 16-92 del Código de Trabajo, lo que significa que la decisión de enviarla o no al Poder Ejecutivo para su promulgación estará en manos de la Cámara de Diputados.

Aunque el documento elaborado por el Gobierno y modificado en la Cámara Alta contiene diversos “avances”, según aseguran los senadores, las discusiones estuvieron centradas en las “recomendaciones” y “observaciones” que realizaron constantemente los representantes empresariales del país.

Desde promover una variación de la cesantía, hasta solicitar más facilidad en el procedimiento para poder contratar más extranjeros en las industrias agrícolas (donde los obreros son de procedencia haitiana en su mayoría), estas fueron algunas de las mociones presentadas al Congreso Nacional.

Sin embargo, esto no provocó una reacción favorable de los senadores, quienes optaron por mantener estos puntos intactos, obviando las sugerencias manifestadas por los sectores productivos, a través del Consejo Nacional de las Empresas Privadas (CONEP), la Confederación Patronal de la República Dominicana (Copardom) y otras agrupaciones.

Precisamente, el vocero de la bancada del Partido Revolucionario Moderno (PRM), senador Moisés Ayala, rechazó la petición de los empleadores de transferir la atribución situada en el artículo 145 del marco legal vigente, que permite al “Poder Ejecutivo” conceder permisos “en exceso de la proporción”.

Este apartado se refiere a la cuota del 80% de empleados dominicanos y el 20% de asalariados inmigrantes con la cual deben cumplir los patronos.

“Hay que mantenerlo, no creo que deba pasarse al Ministerio de Trabajo. Pudiéramos tener un ministro que quiera favorecer a un sector o a un grupo, creo que es una responsabilidad del Poder Ejecutivo…”, dijo Ayala al conversar con reporteros del LISTÍN DIARIO, momentos antes de ser sancionada la pieza legislativa.

El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, coincidió con estas declaraciones al responder las preguntas de este medio.

“Esas son atribuciones que deben mantenerse en el Poder Ejecutivo, en la Presidencia directamente, que el presidente de la República sea el facultado para que cuando hayan que hacer esas extensiones, pues que se hagan…”, afirmó De los Santos.

Sin modificar cesantía

En una de las cartas enviadas al Senado, el CONEP intentó lograr el establecimiento de un tope de 10 salarios mínimos para determinar el cálculo de las prestaciones laborales que serían entregadas a los empleados, entre otras.

Asimismo, propusieron cambiar su implementación por otras opciones, dentro de las mencionadas se encuentra el seguro, fondo u la aplicación de un promedio salarial, para sustituir el mandato actual, el cual ordena a utilizar de base la remuneración recibida. Pero, estas tampoco fueron asumidas por ninguno de los 32 senadores.

Novedades

Entre los cambios más mencionados está el del artículo 163 en su párrafo I, el cual propone un acuerdo entre ambas partes que especifique el día de descanso para el empleado, no reduciéndose únicamente a los domingos.

Asimismo, la regulación del teletrabajo y las labores domésticas, las cuales pasarían a estar reguladas, y amplía la licencia para los hombres por el estado de paternidad de dos a cuatro días.

Los trabajadores que se dediquen a labores de seguridad, operación de maquinarias o equipos peligrosos, transporte público, así como quienes tengan contacto con niños, enfermos u otras poblaciones vulnerables, “tendrían la obligación de someterse” a estas pruebas detectoras de estupefacientes.

También se amplía el tiempo de licencias por matrimonio, fallecimiento de familiares, paternidad con licencia “en un 100 %”, y maternidad, mínimo de 14 semanas pagadas.

Esta versión, pendiente por ser conocida en la cámara baja, “protege” a la mujer embarazada del despido durante la gestación, maternidad y tres meses posteriores y se regulan condiciones para jornadas extendidas, horarios flexibles y contratos atípicos, priorizando el acuerdo entre las partes y la notificación al Ministerio de Trabajo.

Además, con la finalización del trámite legislativo realizado en este órgano, definitivamente quedó fuera la variación realizada por la comisión especial al artículo 228 que versa sobre las propinas, donde los congresistas intentaron obligar a pagar un 10 % de gratificación, sin importar que la compra sea realizada a través de una plataforma tecnológica.

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