El Tribunal Superior Administrativo (TSA) canceló los contratos de concesión minera suscritos entre el Estado dominicano y Falconbridge Dominicana, S.A. (Falcondo), poniendo fin a una relación contractual de casi siete décadas sobre la concesión Quisqueya I, ubicada entre las provincias La Vega y Monseñor Nouel.
La decisión fue adoptada por la Segunda Sala del TSA, presidida por el juez Antonio O. Sánchez Mejía, junto a los jueces Úrsula J. Carrasco Márquez y Edward A. Abreu, mediante la sentencia núm. 0030-03-2026-SSEN-00332, de fecha 12 de agosto de 2026, y alcanza los contratos suscritos el 24 de diciembre de 1956 y el 26 de septiembre de 1969.
El fallo responde a una acción interpuesta en julio de 2025 por el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper) en representación del Estado dominicano, luego de que fueran identificados incumplimientos relacionados con la explotación de los yacimientos, obligaciones económicas y laborales, entre otras, además de la presentación de los informes técnicos requeridos por la legislación minera.
Entre los elementos considerados por el tribunal para su fallo definitivo a favor del Estado dominicano, figura que las operaciones productivas de Quisqueya I se encontraban paralizadas desde el 17 de noviembre de 2023, de acuerdo con una certificación de la Dirección General de Minería, así como que Falcondo no había presentado los informes semestrales de progreso correspondientes a los años 2023, 2024 y 2025, ni los informes anuales de operaciones de 2023 y 2024.
Según un documento de prensa, para el TSA estos incumplimientos afectan obligaciones esenciales vinculadas directamente con la finalidad de la concesión; la explotación efectiva de los recursos mineros otorgados por el Estado y la obligación de mantener informadas a las autoridades sobre su desarrollo.
La sentencia establece que la inactividad de la concesión tenía incidencia sobre el interés general que acompaña la explotación de los recursos mineros del país, razón por la cual el tribunal consideró suficientemente graves los incumplimientos acreditados para justificar la terminación de los contratos.
“Con su decisión, el TSA rechazó también los argumentos mediante los cuales las empresas recurridas procuraban que la acción fuera declarada inadmisible. La decisión representa un punto de inflexión en una relación contractual iniciada en 1956 y vinculada a una concesión de 22,392 hectáreas sobre Quisqueya I”, señala el comunicado.
La terminación de los contratos ocurre en un contexto marcado por el cese de las operaciones de la empresa, tras la paralización de noviembre de 2023.
En 2024, más de 900 trabajadores fueron desvinculados y recibieron sus prestaciones laborales mediante la intervención del Fonper, en representación del Estado dominicano. Un grupo adicional de exempleados, cuyos contratos fueron terminados en marzo de 2026, mantiene reclamaciones laborales pendientes que, según sus propios voceros, ascienden a unos RD$300 millones.
La concesión llegó a sostener más de mil empleos directos y, de acuerdo con estimaciones de la Cámara de Comercio y Producción de Monseñor Nouel, miles de personas adicionales vinculadas a contratistas, suplidores y actividades indirectas resultaron afectadas por la paralización.
Un proceso paralelo e independiente
De manera independiente a esta decisión, que se circunscribe a la terminación de los contratos vinculados a la concesión minera, continúa su curso el proceso de reestructuración mercantil al que se encuentra sometida la empresa, al amparo de la Ley núm. 141-15 de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes, iniciado a instancias de los acreedores de la empresa, quienes procuran que la compañía responda por sus obligaciones y pasivos pendientes.
Se trata de un procedimiento separado, con objeto y alcance distintos a la decisión adoptada por el TSA, por lo que deberá continuar su trámite ante la jurisdicción correspondiente hasta que se determine la situación de las acreencias reclamadas.
En el proceso decidido por el TSA, el Estado dominicano estuvo representado por el Fonper y asistido legalmente por los abogados Eric Raful Pérez y Lilia Fernández León.








