Un tribunal arbitral internacional desestimó una demanda por más de 100 millones de dólares interpuesta por el ciudadano francés Yves Martine Garnier contra el Estado dominicano.
El laudo, emitido el 19 de agosto de 2026, rechazó la totalidad de las pretensiones económicas del inversionista bajo el acuerdo de protección recíproca de inversiones entre Francia y la República Dominicana.
El litigio se originó el 4 de octubre de 2021 y fue administrado por la Corte Permanente de Arbitraje.
La disputa derivó de la rescisión del contrato de concesión para la gestión y recolección de residuos sólidos que mantenía la empresa del demandante, EGTT Dominicana, con el Ayuntamiento de Santo Domingo Este.
El Tribunal Arbitral concluyó que la cancelación del contrato se ajustó al ordenamiento jurídico nacional debido a incumplimientos en la prestación del servicio por parte de la empresa concesionaria.
Asimismo, determinó que los argumentos presentados no configuraban una violación a los compromisos internacionales asumidos por el Estado.
El ministro de Industria, Comercio y Mipymes, Yayo Sanz Lovatón, indicó que el fallo respalda la posición institucional frente a reclamaciones infundadas y valida el cumplimiento de las obligaciones estatales.
La representación legal del Estado estuvo a cargo de la firma internacional Foley Hoag LLP, con la coordinación institucional inicial del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y el Ayuntamiento de Santo Domingo Este, junto a la integración posterior del Ministerio de Justicia conforme a las atribuciones establecidas por la Ley núm. 80-25.








